Sentencia de Tribunal de Coquimbo, 24 de Abril de 2012 - Jurisprudencia - VLEX 512891178

Sentencia de Tribunal de Coquimbo, 24 de Abril de 2012

Fecha de Resolución24 de Abril de 2012
EmisorTribunal de Coquimbo
RucES-06-00012-2012
RIT12-9-0000077-2
ProcedimientoProcedimiento Especial de Aplicación de Ciertas Multas
EstatusFallada

RESUMEN: PARTES: R.E.A.E. CON SERVICIO DE IMPUESTOS INTERNOS RUC N°: 12-9-0000077-2

RIT: ES-06-00012-2012 MATERIA: Infracción artículo 97°10 del Código Tributario La Serena, veinticuatro de abril de dos mil once. VISTOS: El reclamo de fojas dos, de 6 de marzo del año en curso, mediante el cual don R.E.A.E., cédula nacional de identidad número 12.604.005-9, con domicilio en cruce Peñuelas s/n Ruta 5 norte-sur, Coquimbo, viene en solicitar se deje sin efecto, de conformidad a las normas del Libro III, Título IV, P. 2°, artículo 165 del Código Tributario, la denuncia de infracción N° 1116438 de fecha 17 de febrero de 2012, que en lo sustancial indica, se notifica infracción sancionada en el número 10 del artículo 97 del Código Tributario, consistente en “no otorga boleta por la confección de horno de barro a la Sra. M.V.G.R. n° 11.351.838-7 a petición de los funcionarios emite la factura n° 19 de fecha 17/02/2012”, por un monto de la operación ascendente a $160.000; notificada personalmente con igual fecha por funcionarios de la IV Dirección Regional del Servicio de Impuestos Internos de La Serena. Indica el reclamante que, luego del terremoto del 27 de febrero de 2011, quedaron sin casa, dejó a su familia y llegó a Coquimbo buscando trabajo y una mejor vida para su familia. Conoció a un señor por intermedio de un tío, quien le mandó a hacer un horno de barro en su casa. Al mismo tiempo lo llamó una vecina de él para que le hiciera uno igual, realizó el trabajo, pero después de unos días lo llamó para que lo sacara y le devolviera la plata, y él no tenía esa cantidad y no pudo hacerlo ya que se había regresado a S.A. con su familia. Con mucho esfuerzo volvió nuevamente a trabajar acá, ya que en el Puerto la situación era muy mala, con ayuda de algunas personas consiguió que le dieran permiso para instalarse con los Hornos en Peñuelas y comenzó a regularizar su situación sacando los permisos en vialidad, pagando la patente y cambiar domicilio y activarse de nuevo en el Servicio de Impuestos Internos, ya que el año 2009 no había tenido actividad comercial. Al solicitar el timbraje, le aparece esta denuncia por esta Sra., a la que le había hecho el trabajo el año 2010, el funcionario le dijo que tenía que hacer la factura y que tenía una multa, si pagaba de inmediato eran $160.000, si no serían $400.000, dinero que no tenía ya que le ha costado mucho trabajar acá por no tener capital suficiente, está recién instalándose en el local, trajo a su familia hace pocos meses y están viviendo detrás del local en precarias

condiciones porque no le alcanza para pagar un arriendo, tiene dos niñas de 6 y 12 años a las que con gran esfuerzo le dan educación. Indica que hace unos días atrás vinieron a verlo unos inspectores de la Municipalidad de Coquimbo junto a un carabinero de la Tenencia de Peñuelas que está al tanto de su situación acá, para que los evaluaran, ya que ese no era un lugar para que viva una familia con niñas pequeñas por no contar con las condiciones de servicios básicos y los han tomado como familia en riesgo social. Indica que ha trabajado desde muy joven y con sacrificios diarios su familia y él tratan de salir adelante en esta ciudad a la que llegaron buscando una mejor oportunidad de vida. Ante esto solicita se considere la grave situación familiar y económica en la que se encuentra. A fojas 1 rola documento acompañado al reclamo, consistente en notificación de infracción materia del reclamo. A fojas 6 y siguientes, con fecha 17 de marzo de 2012, comparece don C.M.C., Director Regional de la IV Dirección Regional La Serena del Servicio de Impuestos Internos, y en su representación, evacuando el traslado correspondiente, solicita el rechazo del reclamo de autos, en virtud de los siguientes argumentos: I Antecedentes de hecho del denuncio cursado y del reclamo. Señala que con fecha 13 de octubre de 2011, doña M.J.V.G., R.N.° 11.381.8387, realizó una denuncia en contra de don R.A.E., mediante el portal de Internet del Servicio de Impuestos Internos. Posteriormente con fecha 25 de octubre del mismo año concurrió a las oficinas del Servicio de Impuestos Internos a acompañar antecedentes sustentatorios de la denuncia antes mencionada. Presenta formulario de denuncia en contra del contribuyente don R.E.A.E., RUT. N° 12.604.005-9, por no emisión de boleta por la confección de un horno de barro en su domicilio. Señala que con fecha 05 de Julio de 2011, el reclamante se presentó en su domicilio con un catálogo de los servicios que realizaba, señalando que confeccionaba hornos de barro a domicilio. Debido a que un conocido suyo contrató los servicios de don R.A.E., decidió contactarlo también para que le realizara un horno de barro. Este servicio fue realizado en su casa con igual fecha, pagando la suma $160.000, mediante cheque serie 77000452867 del Banco Corpbanca. Una vez que le pagó por el Servicio, manifestó haberle pedido la boleta al reclamante quien le dijo que después se la pasaría, pero hasta la fecha no ha recibido tal documento. A la denuncia anterior, adjuntó fotocopia de cheque de fecha 13 de julio de 2011, emitido a nombre del Sr. R.A.E., con timbre de caja pagado con fecha 12 de julio de 2011, del Banco Corpbanca y hoja de recomendaciones para el cuidado de horno de barro entregada por el denunciado. Indica que con la finalidad de dar tratamiento a la denuncia antes mencionada, el día 4 de noviembre de 2011, se notifica al contribuyente R.E.A.E., RUT. N° 12.604.005-9, mediante formulario de notificación N° 0612431, por el

funcionario A.C.Q. perteneciente a la unidad de Coquimbo, con la finalidad de poner en su conocimiento la denuncia antes mencionada, y requerirle la documentación tributaria pertinente. Sin embargo, el contribuyente no dio cumplimiento a la notificación, por lo que se procedió a colocar en el sistema informático de este Servicio la anotación causal 42 (no da...

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