Sentencia de Tribunal R. Metropolitana. Tercero, 21 de Abril de 2014 - Jurisprudencia - VLEX 537268162

Sentencia de Tribunal R. Metropolitana. Tercero, 21 de Abril de 2014

EmisorTribunal R. Metropolitana. Tercero (Chile)
Ric14-9-0000160-7
Fecha21 Abril 2014
RucGS-17-00005-2014

Fojas: veinticuatro - 26

SERVICIO DE IMPUESTOS INTERNOS XVI D.R.M. SANTIAGO SUR CON PEREZ SERRANO

RIT: GS-17-00005-2014

RUC: 14-9-0000160-7

Providencia, a veintiuno de abril de dos mil catorce.

Habiéndose percatado el Tribunal de la existencia de un error en la foliación de fojas 19, la cual se encuentra duplicada, Corríjase, quedando la incorrecta entre paréntesis.

VISTOS:

A fs. 1, Acta Denuncia N°01, de 30.01.14, emitida por el SERVICIO DE IMPUESTOS INTERNOS, XVI DIRECCIÓN REGIONAL METROPOLITANA SANTIAGO SUR, en relación a don ELVIS ANTONIO PÉREZ SERRANO, R.. N° 11.364.030-8, giro

"Cosecha, P., A. y Labores de Adecuación" y "Otras Actividades de Servicios Personales", con actividad económica en "Contratista en Faenas Agrícolas", domiciliado en calle Parque Nacional Isluga 445 Las Américas, Paine, Región Metropolitana, por infracción al artículo 97 N°4, inciso segundo, del Código Tributario, consistente en respaldar su crédito fiscal con facturas falsas.

R. en autos, A fs. 1 a 13, Acta de Denuncia N°01, de 30.01.14 y documentos adjuntos, consistentes en: Copia simple de dicha acta; R.. Ex. N°366, de 24.01.14 y copia de la misma; copia de notificación 18-4, folio 1275960, de 30.01.14; Informe N° 44, de 09.07.2013, emitido por el Departamento de Fiscalización, Grupo de Auditoria N°4 PYMIPE, XVI Dirección Regional Metropolitana Santiago Sur, respecto a don E.A.P.S. y una serie de documentos agregados a los autos como documentos físicos no escaneables, que se [VER TABLA EN PDF ADJUNTO]encuentran custodiados en el Tribunal bajo el número 7-2014, consistentes en: Un cuaderno de pruebas en carpeta color naranja de 149 fojas con sus respectivo índice; un libro de compras, ventas y servicios, timbrado con fecha 19.12.2006 (folio 01 a 50), el cual contiene el registro de los meses de diciembre de 2006 a julio 2010; un libro de compraventas, timbrado con fecha 02.11.2011 (folios 01 a 24), el cual contiene el registro de los meses de enero a julio y octubre a diciembre de 2010; un libro de compraventas, timbrado con fecha 02.11.2011 (folios 01 a 24), el cual contiene el registro de los meses de enero a noviembre de 2011.

A fs. 14 a 19, Copia del Acta de Denuncia N°01, de 30.01.14; copia de la Resol. Ex.

N°366, de 24.01.14; Reservado.DJU.16.000.-N°02, emitido por la XVI Dirección Regional Metropolitana Santiago Sur, el 07.02.2014; resolución del Tribunal que provee el Acta Denuncia ordenando custodiar y certificar; y testimonio de su notificación.

A fs. 20, certificado de Secretaría del Tribunal, del hecho de no haberse presentado descargos por el denunciado.

A fs. 21 a 25, Escrito de la denunciante, resolución que lo provee, y su testimonio de notificación.

Con lo relacionado y, CONSIDERANDO:

PRIMERO

Que, a fs. 1, el Servicio de Impuestos Internos remitió al Tribunal Acta Denuncia N° 01, de 30.01.14, emitida por su XVI DIRECCIÓN REGIONAL METROPOLITANA SANTIAGO SUR, en relación a don E.A.P.S., R.. N°11.364.030-8, giro "Cosecha, P., A. y Labores de Adecuación" y "Otras Actividades de Servicios Personales", con actividad económica en "Contratista en Faenas Agrícolas", domiciliado en calle Parque Nacional Isluga 445 Las Américas, Paine, Región Metropolitana, acta en la cual se le imputa haber cometido la infracción dispuesta en el artículo 97 N°4 inciso segundo del Código Tributario, consistente en utilizar facturas falsas para respaldar su crédito fiscal.

Reseña el Acta de Denuncia N° 01, de 30.01.14 que:

  1. Antecedentes del Procedimiento de Fiscalización: [VER TABLA EN PDF ADJUNTO]Indica que en proceso de fiscalización llevado a cabo en el Grupo I.V.A.-Renta, de la Unidad de San Bernardo perteneciente a la XVI D.R.M. Santiago Sur, el 26.10.10 se detectaron facturas de un supuesto proveedor las que, de acuerdo a los duplicados obtenidos a través de cruces de información, fueron emitidas a otros contribuyentes, por montos, fechas y motivos distintos a los que consignan los documentos que el contribuyente auditado tiene registrado en su contabilidad.

    Con los antecedentes señalados anteriormente, el 08.11.11 se realizó Notificación N° 103-4, conforme a la Ley 18.320, en la que se solicitaron para revisión por concepto de I.V.A.

    los períodos de octubre 2008 a septiembre 2011 y para revisión de Impuesto a la Renta se solicitó la documentación de los años tributarios 2009, 2010 y 2011.

    La contribuyente no presentó la documentación requerida ni solicitó prórroga dentro del plazo; el día 06.01.12 en las oficinas del SII presentó facturas de proveedores y ventas desde enero 2010 a julio 2010. Posteriormente, el 27.03.12 aportó la siguiente documentación:

    - 01 Libro de compras y ventas timbrado el 2 de noviembre 2011, con registros desde enero 2010 a diciembre 2010; - 01 Libro de compras y ventas timbrado el 2 de noviembre del 2011, con registros desde enero 2011 a noviembre 2011

    - 01 archivador con facturas de proveedores y de ventas emitidas desde octubre 2008 a diciembre 2008 y enero 2011 a diciembre 2011

    Quedó pendiente el aportar las facturas de agosto 2010, septiembre 2010 y todos sus libros contables: Diario, M., Fondo de Utilidades Tributables (FUT), Inventarios y B..

    Con posterioridad, la documentación referente a las facturas faltantes fue presentada por la contadora doña L.F.F., R.: 9.638.564-1, previa exhibición ante el Servicio del poder para actuar en representación del contribuyente.

    En el proceso de auditoría se realizaron verificaciones de facturas y cruces de información, con los que se pudo determinar que el contribuyente auditado utilizó facturas materialmente falsas de los siguientes contribuyentes:

    1) A.M.E.L.. R.: 77.996.450-7; 2), Agrícola Tunquelén Ltda., R.: 77.294.410-1 y 3) C.R.T., R.: 12.178.251-0, [VER TABLA EN PDF ADJUNTO]En las respuestas de los cruces de facturas efectuadas se pudo constatar que las verdaderas facturas fueron emitidas a otros contribuyentes, por montos, fecha y conceptos distintos a los que tienen las facturas registradas por el auditado.

    El día 9 de julio del año 2012, como parte de la actuación de verificar a los proveedores, se tomó declaración jurada al supuesto proveedor, don C.R.T., en la que señala no conocer ni haber efectuado ningún tipo de negocio con el auditado, hecho que es respaldado con los duplicados de las facturas por él emitidas, las que no guardan relación con operaciones supuestamente realizadas con aquél.

  2. Conducta constitutiva de la infracción.

    Del examen y de conformidad con la auditoría practicada a los registros contables, Libros de compras y ventas, declaraciones de impuestos y de los antecedentes que obran en poder del SII, se detectó que don E.A.P.S. incluyó en sus Formularios 29, Folios: 530743244, 530743314, 521734614, 557372764, correspondientes a los períodos Enero, Febrero, Marzo y Junio de 2011, sobre Declaraciones de Pago Simultáneo Mensual, Crédito Fiscal IVA respaldado con facturas materialmente falsas, con membrete del presunto proveedor don C.H.R.T., R.: 12.178.251-0, conducta que le permitió aumentar dicho crédito, posibilitando con ello enterar en arcas fiscales un impuesto inferior al que estaba obligado.

    Luego, en el Acta de Denuncia se individualiza las facturas impugnadas y los antecedentes que justifican su notificación.

    Nombre: C.H.R.T.; R.U.T. 12.178.251-0

    Domicilio: Sitio 9, Parcela 12, La Viluma - Melipilla Giro: Obras menores en construcción - Comercio al por menor de verduras y frutas.

    [VER TABLA EN PDF ADJUNTO]Motivo y sustentación del rechazo:

    Las facturas detalladas según duplicados aportados por este presunto proveedor, fueron emitidas a otros contribuyentes, por montos, fechas y conceptos distintos a los que registra don E.P.S. en su libro de Compras y Ventas. De esta forma, fue posible verificar que los documentos reales aportados por el presunto emisor no guardaban relación con los registrados, ya que las facturas fueron emitidas a un contribuyente diverso del fiscalizado, razones por las cuales se procedió al rechazo del IVA Crédito Fiscal que amparaban las facturas registradas, constituyendo los documentos aportados facturas materialmente falsas.

    Según declaración jurada tomada con fecha 9 de julio 2012, a don C.H.R.T., al exhibirle las facturas detalladas anteriormente, señala que no ha efectuado operaciones comerciales con don E.P.S., que no emitió las facturas y que corresponden a facturas falsas, adjuntando copias de las mismas, en las que se puede observar que dichos documentos fueron emitidos a otros contribuyentes, por montos, fechas y descripción diferente, según el siguiente detalle:

    [VER TABLA EN PDF ADJUNTO]

  3. Medios de prueba.

    Para acreditar la infracción del artículo 974, inciso , del Código Tributario, se acompaña los siguientes documentos:

    - 01 cuaderno de prueba de 149 fojas.

    - 01 Libro de Compra Venta IVA, foliado de la página 01 a 24, autorizado con fecha 02.11.201.

  4. Tipificación de la Conducta:

    Señala que los hechos denunciados configuran las infracciones previstas y sancionadas en el artículo 974, inciso , del Código Tributario que prescribe: "Los contribuyentes afectos al Impuesto a las Ventas y Servicios u otros impuestos sujetos a retención o recargo que realicen maliciosamente cualquiera maniobra tendiente a aumentar el verdadero monto [VER TABLA EN PDF ADJUNTO]de los créditos o imputaciones que tengan derecho a hacer valer, en relación con las cantidades que deban pagar serán sancionados con la pena de...

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