Sentencia nº Rol 1015 de Tribunal Constitucional, 18 de Marzo de 2008 - Jurisprudencia - VLEX 58941753

Sentencia nº Rol 1015 de Tribunal Constitucional, 18 de Marzo de 2008

Fecha18 Marzo 2008
MateriaDerecho Constitucional

Santiago de Chile, dieciocho de marzo de dos mil ocho

VISTOS Y CONSIDERANDO

  1. Que por Oficio Nº 8.660-2007, el Primer Juzgado de Policía Local de San Bernardo remitió los antecedentes de la cusa Rol 12.901-2-2007, sobre accidente del tránsito, para que se dirima la contienda de competencia entre dicho Tribunal y el Ministerio Público;

  2. Que según lo dispone el artículo 93, inciso primero, Nº 12, de la Constitución Política, es atribución de este Tribunal “Resolver las contiendas de competencia que se susciten entre las autoridades políticas o administrativas y los tribunales de justicia, que no correspondan al Senado”;

  3. Que según se desprende de los antecedentes, con fecha 18 de marzo de 2007, en calle San Martín con Avenida Colón de la ciudad de San Bernardo, se produjo un accidente de tránsito en que tuvieron participación el señor C.A.V.M., quién conducía el taxi colectivo patente ZC-4966, Marca Nissan, modelo V16 Pointer, año 1995, por calle S.M. en dirección al Sur, y el señor M.A.M.M., quién conducía su bicicleta marca To Gun, modelo Mountainbike, por Avenida Colón en dirección al oriente.

    Como consecuencia de ello, el taxi colectivo resultó con daños y el conductor de la bicicleta con lesiones leves;

  4. Que según consta del Informe Nº 8517/07 de 24 de marzo de 2007 del Servicio Médico Legal, el examen de alcoholemia del señor M.A.M.M. dio un resultado de 2.03 gramos por mil de alcohol en la sangre;

  5. Que por Oficio Nº 1735/UGP/2007 de 11 de abril de 2007, el Fiscal Adjunto de la Fiscalía Local de San Bernardo, M.S.A., remitió los antecedentes a la Juez del Primer Juzgado de Policía Local de San Bernardo por considerar que se trataba de materias de su competencia, de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 185 de la Ley Nº 18.290 de Tránsito;

  6. Que por resolución de 23 de abril de 2007, dicho Tribunal, invocando el informe de alcoholemia del señor M.M., declinó la competencia y devolvió los antecedentes;

  7. Que el Fiscal Adjunto de la Fiscalía Local de San Bernardo por Oficio Nº 2406/UGP/2007 de 8 de mayo de 2007, remitió nuevamente los antecedentes al Primer Juzgado de Policía Local de San Bernardo, indicando que el imputado V.M., sobre quién se debían ejercer las acciones legales que correspondan, registra un alcoholemia negativa, y la víctima M.M. registra una alcoholemia positiva y fue quién resultó con lesiones de carácter leve;

  8. Que dicho Tribunal, por resolución de 25 de mayo de 2007, tuvo por trabada contienda de competencia y...

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