Decisión nº C221-13 y C477-13, de Consejo de Transparencia de 26 de Junio de 2013 - Doctrina Administrativa - VLEX 539909182

Decisión nº C221-13 y C477-13, de Consejo de Transparencia de 26 de Junio de 2013

Fecha de Resolución26 de Junio de 2013
TipoDocumentos Oficiales
MateriaFunciones y Actividades Propias del órgano
TemaObras Públicas (Vialidad)

DECISIÓN AMPAROS ROLES C221-13 y C477-13

Entidad pública: Dirección General de Obras Públicas del Ministerio de Obras Públicas

Requirente: Patricio del Sante Scroggie y Hernán de Las Heras Marín.

Ingreso Consejo: 19.02.2013 y 17.04.2013

En sesión ordinaria Nº 445 del Consejo Directivo, celebrada el 26 de junio de 2013, con arreglo a las disposiciones de la Ley de Transparencia de la Función Pública y de Acceso a la Información de la Administración del Estado, en adelante, Ley de Transparencia, aprobada por el artículo primero de la Ley Nº 20.285 de 2008, el Consejo para la Transparencia, en adelante indistintamente el Consejo, ha adoptado la siguiente decisión respecto de la solicitudes de amparo al derecho de acceso a la información Roles C221-13 y C477-13.

VISTO:

Los artículos , inc. , y 1912 de la Constitución Política de la República; las disposiciones aplicables de las Leyes Nº 20.285 y Nº 19.880; lo previsto en el D.F.L. Nº 1-19.653, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley Nº 18.575; y los D.S. Nº 13/2009 y Nº 20/2009, ambos del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que aprueban, respectivamente, el Reglamento del artículo primero de la Ley Nº 20.285, en adelante el Reglamento, y los Estatutos de Funcionamiento del Consejo para la Transparencia.

TENIENDO PRESENTE:

1) SOLICITUDES DE ACCESO: Don Patricio del Sante Scroggie y don Hernán de Las Heras Marín presentaron las siguientes solicitudes de información a la Dirección General de Obras Públicas del Ministerio de Obras Públicas –en adelante indistintamente DGOP- requiriendo diversos antecedentes relativos al "Acuerdo individual de Mitigación de Impacto Vial en Provincia de Chacabuco, Región Metropolitana”, suscrito entre diversos organismos públicos y la Sociedad Inmobiliaria Valle Grande S.A.

a) Solicitud de 21 de diciembre de 2013 que dio origen al Amparo Rol C221-13,:

i. Copia de la o las Boletas de Garantía, o bien de la o las Pólizas de Garantía entregadas en virtud de la disposición que indica del precitado acuerdo;

ii. Copia de la o las Boletas de Garantía, o bien de la o las Pólizas de Garantía entregadas en reemplazo de las anteriores;

iii. Copia de la correspondencia recibida por la DGOP y enviada por la DGOP a la contraparte u otras dependencias del MOP u otros Ministerios en virtud de este "Acuerdo".

iv. Copia del convenio de aporte que se suscribirá y garantizará antes del 31 de Diciembre del año 2007.

v. Copia de cualquier otro "Acuerdo" y/o "Convenio" y/o "Addendum" y/o intercambio de correspondencia entre las partes, y/o relativo al proyecto inmobiliario Valle Grande ZDUC.

vi. Copia de la o las Boletas de Garantía, o bien de la o las Pólizas de Garantía que debían garantizar antes del 31 de Diciembre del año 2007 y enterarse antes del 31 de Diciembre del 2011.

vii. Copia de la o las Boletas de Garantía, o bien de la o las Pólizas de Garantía que sustituyeron por alguna razón a las anteriores.

viii. Informar si se ha producido alguna situación de las señaladas en el punto 2.6 y si Inmobiliaria Valle Grande S.A. ha enajenado "todo o parte de los terrenos que forman el Proyecto Inmobiliario Valle Grande ZDUC". En la afirmativa, agradeceremos entregar copia de toda documentación emanada en virtud de lo señalado.

ix. Entregar la información relativa a cualquier otro pago de acuerdo a lo señalado en 3.3 o aporte distinto del aporte inicial realizado en beneficio de Valle Grande ZDUC.

x. Cantidad de viviendas recibidas por el DOM de Lampa previa a la fecha de la entrega de "una o más Boletas de Garantía, o bien una o más Pólizas de garantía" "por la suma total de UF 72.822" "equivalentes al 38% del aporte inicial indicado en el punto 2.3."

xi. Forma en que fueron garantizadas y por quien, las viviendas recibidas previamente a lo señalado en el punto anterior.

xii. Acompañar copia de toda la documentación pertinente a lo señalado en el literal anterior.

xiii. Desarrollo de la "cuenta corriente" de viviendas recibidas y "Mayores Aportes o Anticipos" y de eventuales "Menores Aportes o Deuda" desde su inicio hasta la fecha.

b) Solicitud de 18 de febrero de 2013 que dio origen al Amparo Rol C477-13 (Relativa a “ZUDC Valle Grande”(Fundada en aquella información que no habría sido entregada en respuesta a la solicitud anterior):

i. Endoso Nº 01 a la póliza Nº 01-20-058602;

ii. Endoso Nº 01 a la póliza Nº 01-20-091694-001;

iii. Pólizas de garantía y endosos que cubran el período desde el 31 de enero de 2009 al 16 de abril de 2010;

iv. Endoso Nº 01 a la póliza Nº 01-20-058602 ;

v. Endoso Nº 01 a la póliza Nº 01-20-091694-001;

vi. En el Ordinario Nº 1406 de fecha 22 de noviembre de 2011, se señala que incluyen antecedentes, lo que se ratifica en la segunda página del ordinario al señalar que adjunta cuadro explicativo denominado pólizas de garantía Valle Grande. Solicitan adjuntar los mencionados antecedentes;

vii. En el ordinario Nº 3527, 30 de diciembre de 2010, se menciona el oficio Nº 63377 de 25 de diciembre de 2010 de la Contraloría General de la República. Se solicita copia de dicho oficio;

viii. En el ordinario Nº 3527, 30 de diciembre de 2010, se indica que se adjunta ordinario SOP Nº 3253, de 2 de diciembre de 2010, del que se solicita adjuntar copia;

ix. Indique si se diseñó el procedimiento que se señala en el ordinario Nº 3527, y en la afirmativa acompañar copia;

x. Se reitera la petición de copia del convenio solicitado en el numeral iv de la solicitud.

xi. Respecto de los numerales v, vi, vii, y x, de la solicitud de acceso, no se acompaña ningún documento ni se responde la consulta;

xii. Atendido que la DGOP indica que no obra en su poder la información solicitada en los numerales x) a xiii), se solicita informar qué Dirección del MOP o de los otros Ministerios firmantes lleva el control de la "cuenta corriente" de garantías otorgadas, pagos de mitigación vial y "permisos de construcción" de viviendas según el acuerdo marco y los acuerdos individuales suscritos;

xiii. Con respecto a la información remitida en respuesta al numeral xiii), requieren que se informe qué obras y cuál es el monto de éstas que han sido reconocidas por el MOP como reconocimiento de mitigación de obras viales;

xiv. La respuesta al ordinario Nº 12429 y los aportes efectuados al MOP en relación al enlace La Montaña; y,

xv. Informar fecha y hora para exhibir el "archivador" en que se adjuntan los respaldos a la carta CVG-387/12, fechada 12 de septiembre de 2012.

2) RESPUESTAS: La Dirección de Obras Públicas respondió las solicitudes de acceso, a través de los siguientes documentos:

a) La solicitud de información de 21 de diciembre de 2013 (amparo Rol C221-13), una vez comunicada a los solicitantes la prórroga del plazo para dar respuesta mediante Oficio N° 580 de 23 enero de 2013, fue respondida a través del Oficio N° 171, el 6 de febrero de 2013, del siguiente modo:

i. Adjunta copias de Pólizas de Garantía entregadas por la Sociedad Inmobiliaria Valle Grande correspondientes al 38% del aporte inicial, que dan respuesta a lo solicitado en las numerales i) y ii);

ii. Acompaña copias de oficios y documentos enviados y recibidos por la DGOP, que dan respuesta a lo solicitado en el punto iii);

iii. Remite copias de las Pólizas de Garantía entregadas por la Sociedad Inmobiliaria Valle Grande, correspondiente al 62% del aporte inicial, que dan respuesta a lo solicitado en los puntos vi) y vii);

iv. Indica que lo solicitado en los puntos x), xi), y xii), no es información que obre en poder de ese servicio.

b) La solicitud de información de 18 de febrero de 2013 (amparo Rol C477-13), una vez comunicada a los solicitantes la prórroga del plazo para dar respuesta mediante Oficio N° 305 de 15 marzo de 2013, fue respondida a través de la resolución N° 1324, de 2 de abril de 2013, del siguiente modo:

i. Se recibió en oficina de partes la carta N° CVG-67/13 de fecha 19 de marzo, suscrita por los señores Jaime del Valle Swinburn y Fernando Hurtado Llona ambos en representación de Desarrollos inmobiliarios y Constructora Valle Grande S.A., documento en el que manifiestan su oposición a la entrega de información invocando las causales establecidas en el artículo 21 N° 1, letra c) y 21 N° 2, de la Ley de Transparencia.

ii. En virtud de dicha oposición, el órgano reclamado deniega la información solicitada, salvo respecto del oficio N° 63377 de fecha 25 de octubre de 2010 de la Contraloría General de la República, respecto del cual se indica el link en el que dicho documento se encuentra disponible.

3) AMPAROS: A través de dos presentaciones, los señores Patricio del Sante Scroggie y Hernán de Las Heras Marín dedujeron sendos amparos a su derecho de acceso a la información en contra del señalado órgano de la Administración del Estado, fundado en lo siguiente:

a) Amparo Rol C221-13 de 19 de febrero de 2013: Fundado en que el órgano dio respuesta fuera de plazo a su solicitud y remitió de manera incompleta la información requerida, según lo precisan en la solicitud de acceso de 18 de febrero de 2013 que dio origen al amparo Rol C477-13, detallada en numeral 1°, letra b), de la parte expositiva de la presente decisión.

b) Amparo Rol C477-13 de 17 de abril de 2013: Fundado en que la respuesta del órgano a su solicitud fue extemporánea e incompleta. Agregan que:

i. La DGOP no estimó que la información solicitada pudiera afectar los derechos de terceros ya que no tomó ninguna determinación dentro del plazo establecido en el artículo 20...

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