Decisión nº C1380-14, de Consejo de Transparencia de 24 de Octubre de 2014 - Doctrina Administrativa - VLEX 556365846

Decisión nº C1380-14, de Consejo de Transparencia de 24 de Octubre de 2014

Fecha de Resolución24 de Octubre de 2014
TipoDocumentos Oficiales
MateriaAdministración y Logística
TemaMedio Ambiente

DECISIÓN AMPARO ROL C1380-14

Entidad pública: Corporación Nacional Forestal Dirección Regional de Valparaíso.

Requirente: Eduardo Flores Jara.

Ingreso Consejo: 10.04.2014

En sesión ordinaria N° 565 del Consejo Directivo, celebrada el 24 de octubre de 2014, con arreglo a las disposiciones de la Ley de Transparencia de la Función Pública y de Acceso a la Información de la Administración del Estado, aprobada por el artículo primero de la Ley N° 20.285, el Consejo para la Transparencia, en adelante indistintamente el Consejo, ha adoptado la siguiente decisión respecto de la solicitud de amparo al derecho de acceso a la información Rol C1380-14.

VISTO:

Los artículos , inciso , y 1912 de la Constitución Política de la República; las disposiciones aplicables de la ley N° 20.285, sobre acceso a la información pública y de la ley N° 19.880 que establece bases de los procedimientos administrativos que rigen los actos de los órganos de la Administración del Estado; lo previsto en el decreto con fuerza de ley N° 1/19.653, de 2000, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley N° 18.575, orgánica constitucional sobre bases generales de la Administración del Estado; y los decretos supremos N° 13, de 2009 y N° 20, de 2009, ambos del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que aprueban, respectivamente, el reglamento del artículo primero de la ley N° 20.285, en adelante e indistintamente, el Reglamento, y los Estatutos de Funcionamiento del Consejo para la Transparencia.

TENIENDO PRESENTE:

1) SOLICITUD DE ACCESO: El 1 de mayo de 2014, don Eduardo Flores Jara solicitó a la Corporación Nacional Forestal Dirección Regional de Valparaíso -en adelante indistintamente CONAF-, la dirección de los siguientes receptores de especies arbóreas en la comuna de Cartagena del Programa de Arborización Urbano 2013: María Abarca Alarcón, Agrícola Hacienda Canteras, Pedro Galarce, Rodrigo García San Miguel, José Garrido, Rodrigo Morandé y Alejandra Rabelo.

2) RESPUESTA: Mediante Carta Oficial N° 99/2014, la CONAF respondió a dicho requerimiento, señalando que no es posible entregar la información requerida en virtud de la Ley 19.628, sobre Protección de Datos de Carácter Personal. Indica que el domicilio de los beneficiarios del Programa de Arborización corresponden a datos personales, los que no pueden ser divulgados sin la autorización de dichos beneficiarios, autorización con que no cuenta la Corporación.

3) AMPARO: El 4 de julio de 2014, don Eduardo Flores Jara dedujo amparo a su derecho de acceso a la información, en contra de la Corporación Nacional Forestal, fundado en la respuesta negativa otorgada por ésta a la solicitud de información.

4) DESCARGOS Y OBSERVACIONES DEL ORGANISMO: Este Consejo acordó admitir a tramitación el presente amparo y, mediante Oficio N° 3861, de 15 de julio de 2014, confirió traslado al Sr. Director Regional de la Dirección Regional de Valparaíso de la Corporación Nacional Forestal, solicitándole, entre otros, que señale las causales de secreto o reserva que a su juicio harían procedente la denegación de la información solicitada.

Mediante presentación de 31 de julio de 2014, el órgano reclamado evacuó sus descargos y observaciones, en los siguientes términos:

a) En cuanto a los hechos indica que el recurrente durante el año 2014, en relación al Programa de Arborización que ejecuta la CONAF, efectuó la solicitud AR 003W-0000634, de 10 de enero de 2014, por la cual pidió se informe de los "Resultados del Programa de Arborización Urbana en la Provincia de San Antonio, en el año 2013". Esta solicitud le fue respondida, dentro de plazo, a través de Carta Oficial N° 1/2014, de 03 de febrero de 2014.

b) El 1° de mayo de 2014, don Eduardo Flores Jara ingresó una nueva solicitud de información (AR003W-0000716) por la cual requirió se le indicara la cantidad de árboles que corresponden a cada una de las personas e instituciones a las cuales se les entregó especies arbóreas, en la comuna de Cartagena, de acuerdo al Programa de Arborización Urbana. Dicha solicitud fue contestada dentro de plazo, a través de Carta Oficial N° 3/2014, de 13 de mayo de 2014.

c) Posteriormente, el 4 de junio de 2014, don Eduardo Flores...

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