Decisión nº C2525-14, de Consejo de Transparencia de 7 de Julio de 2015 - Doctrina Administrativa - VLEX 581939602

Decisión nº C2525-14, de Consejo de Transparencia de 7 de Julio de 2015

Fecha de Resolución 7 de Julio de 2015
TipoDocumentos Oficiales
MateriaFunciones y Actividades Propias del órgano
TemaGrupos de interés especial

DECISIÓN AMPARO ROL C2525-14

Entidad pública: Servicio Nacional del Consumidor (SERNAC).

Requirente: Francisco Valiente Farías.

Ingreso Consejo: 25.11.2014.

En sesión ordinaria N° 630 del Consejo Directivo, celebrada el 7 de julio de 2015, con arreglo a las disposiciones de la Ley de Transparencia de la Función Pública y de Acceso a la Información de la Administración del Estado, en adelante, Ley de Transparencia, aprobada por el artículo primero de la ley N° 20.285 de 2008, el Consejo para la Transparencia, en adelante indistintamente el Consejo, ha adoptado la siguiente decisión respecto del amparo Rol C2525-14.

VISTO:

Los artículos , inciso , y 1912 de la Constitución Política de la República; las disposiciones aplicables de la ley N° 20.285, sobre acceso a la información pública y de la ley N° 19.880 que establece bases de los procedimientos administrativos que rigen los actos de los órganos de la Administración del Estado; lo previsto en el decreto con fuerza de ley N° 1/19.653, de 2000, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley N° 18.575, orgánica constitucional sobre bases generales de la Administración del Estado; y los decretos supremos N° 13, de 2009 y N° 20, de 2009, ambos del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que aprueban, respectivamente, el reglamento del artículo primero de la ley N° 20.285, en adelante e indistintamente, el Reglamento, y los Estatutos de Funcionamiento del Consejo para la Transparencia.

TENIENDO PRESENTE:

1) SOLICITUD DE ACCESO: El 06 de octubre de 2014, don Francisco Valiente Farías solicita al Servicio Nacional del Consumidor - en adelante también SERNAC-, "copia de Acta de la Comisión de Selección, relativa al proceso de selección destinado a proveer el cargo de "Analista de planificación y control de Gestión" para el Sernac, en la que se declara desierto dicho concurso. Lo anterior con el objeto de verificar el adecuado cumplimiento de las bases del concurso. Mi postulación se realizó en el tiempo y forma exigidos, y considero que cumplo las exigencias explicitadas en el perfil del cargo, de hecho la psicóloga Sra. Tamara Reyes señala "Sus antecedentes laborales nos indican que usted está sobre calificado para el cargo en cuestión (...)". En estas circunstancias, creo tener el derecho a una explicación que fundamente la decisión adoptada por el Servicio Nacional del Consumidor en este caso".

2) RESPUESTA: El Servicio Nacional del Consumidor, mediante ordinario N° 018344, de fecha 03 de noviembre de 2014, le otorga respuesta a la solicitud de acceso, señalando, en síntesis, lo siguiente:

a) Le informan que no han elaborado un "Acta de la Comisión de Selección", en el marco del proceso de selección al que hace referencia la solicitud, el concurso en cuestión fue regulado en virtud de los términos de referencia publicados en el portal de "empleos públicos" y en la página web del Servicio. En consecuencia, no es posible entregar dicho...

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