INFORME FINAL 10-14 DEPARTAMENTO DE EDUCACIÓN DE LA MUNICIPALIDAD DE PORVENIR SOBRE AUDITORIA AL PROGRAMA DE INTEGRACIÓN ESCOLAR - AGOSTO 2014 - Doctrina Administrativa - VLEX 565135470

INFORME FINAL 10-14 DEPARTAMENTO DE EDUCACIÓN DE LA MUNICIPALIDAD DE PORVENIR SOBRE AUDITORIA AL PROGRAMA DE INTEGRACIÓN ESCOLAR - AGOSTO 2014

Fecha de Resolución26 de Agosto de 2014
EmisorRegional Magallanes
ServicioDEPARTAMENTO DE EDUCACION DE PORVENIR
Número de informe10/2014
SectorMunicipios y Corporaciones de la Región
Tipo de informeInforme Final de Auditoría
NivelRegional

Atendidas las consideraciones expuestas durante el desarrollo del presente trabajo, la Municipalidad de Porvenir, ha aportado antecedentes e iniciado acciones que han permitido salvar parte de las situaciones planteadas en el preinforme N° 10, de 2014. Respecto de aquellas observaciones que se mantienen, se deberán adoptar medidas con el objeto de dar estricto cumplimiento a las normas legales y reglamentarias que las rigen, entre las cuales se estima necesario considerar, las siguientes:

  1. Acápite I, aspectos de control interno, número 1, referido a la ausencia de un manual de descripción de cargos, el servicio deberá remitir a este Órgano Contralor una copia del manual que cuente con las descripciones de cada uno de los cargos en el Departamento de Educación de la Municipalidad de Porvenir y su acto administrativo que lo apruebe, para lo cual cuenta con un plazo de 60 días hábiles, lo que será validado en una futura auditoría de seguimiento.

  2. Número 2, respecto a la ausencia de la unidad de control interno, se mantiene lo observado, hasta que la Municipalidad de Porvenir dé estricto cumplimiento a la normativa vigente, situación que será verificada en una futura auditoría.:

  3. Numeral 3, en lo concerniente a la realización de auditoría interna, se mantiene la observación, por lo que la Municipalidad de Porvenir, deberá dar cabal cumplimiento a lo señalado en su oficio de respuesta, situación que será validada en una futura auditoría.:

  4. Acápite II examen de cuentas, numeral 1.4 sobre comprobante de ingresos, se mantiene la observación, hasta que la municipalidad envíe al Ministerio de Educación los referidos comprobantes de ingresos, remitiendo a esta Entidad Fiscalizadora el documento que acredite la regularización de dicha situación en un plazo de 60 días hábiles, contados desde la fecha de la recepción del presente informe, lo que será validado en una futura auditoría de seguimiento.

  5. Respecto de lo observado en el acápite II, punto 2.1.1, sobre el incumplimiento en el uso de recursos transferidos, relacionados con materia de personal, se mantiene lo observado, por lo que el municipio deberá arbitrar las medidas para no volver a incurrir en lo sucesivo en el hecho observado, además de enviar a esta Contraloría Regional las rendiciones que corrijan dicha situación, en un plazo de 60 días hábiles, contados desde la fecha de recepción del presente informe, situación que será validada en una futura auditoría de seguimiento.

  6. Acápite III...

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