INFORME FINAL 2-13 MUNICIPALIDAD DE NUEVA IMPERIAL AUDITORÍA TRANSFERENCIAS-AGOSTO 2013
Fecha de Resolución | 12 de Agosto de 2013 |
Emisor | Regional Araucanía |
Servicio | MUNICIPALIDAD DE NUEVA IMPERIAL |
Número de informe | 2/2013 |
Sector | Municipios y Corporaciones de la Región |
Tipo de informe | Informe Final de Auditoría |
Nivel | Regional |
Atendidas las consideraciones expuestas durante el desarrollo del presente trabajo, la Municipalidad de Nueva Imperial ha aportado antecedentes e iniciado acciones que han permitido salvar la observación 1 del capítulo sobre Control Interno y la observación 1.4 del acápite de Examen de Cuentas, planteadas en el Preinforme de Observaciones N° 2, de 2013. Respecto de aquellas observaciones que se mantienen, se deberán adoptar medidas con el objeto de dar estricto cumplimiento a las normas legales y reglamentarias que las rigen, entre las cuales se estima necesario considerar, a lo menos, las siguientes: 1.Corresponde mantener las observaciones contenidas en el capítulo sobre Control Interno, numerales 2, 3, 4 y 5, sobre entrega de ayudas sociales, rendiciones de cuentas sin revisión, falta de objetivo y plazo en aprobación de subvenciones a organizaciones comunitarias, y respaldos de rendiciones de gastos sin inutilizar.
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Respecto de la observación contenida en el acápite Examen de Cuentas, numeral 1.1 , relacionada con la falta de comprobantes de ingreso, la entidad edilicia deberá proceder a dar cumplimiento a lo dispuesto en el punto 5.3. de la resolución N° 759, de 2003, de este Organismo Superior de Control, sobre normas de procedimiento de rendición de cuentas.
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Sobre lo observado en el acápite Examen de Cuentas, numeral 1.2, relacionada con gastos que no se ajustan a los proyectos presentados, corresponde que esa entidad, regularice las rendiciones pendientes y proceda a dar cumplimiento a lo dispuesto en el punto 5.3. de la resolución N° 759, de 2003, de este Organismo Superior de Control, sobre normas de procedimiento de rendición de cuentas.
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En cuanto a la observación 1.3, del acápite Examen de Cuentas, sobre rendiciones de gastos con fecha anterior al otorgamiento de la subvención, dicha entidad deberá proceder conforme a lo comprometido en su respuesta, lo que será verificado en una auditoría de seguimiento que realice este Órgano Contralor.
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Sobre lo observado en el acápite Examen de Cuentas, numeral1.5, referida a subvenciones otorgadas a iglesias no ajustadas a la ley N° 19.862, la entidad edilicia deberá proceder de acuerdo a lo señalado en su respuesta, ro que será verificado en una auditoría de seguimiento.
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Respecto de la observación contenida en el numeral 1.6, del acápite Examen de Cuentas, sobre rendiciones de cuentas con materiales sin utilizar , el municipio deberá adoptar las medidas de fiscalización y constatar...
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