INFORME FINAL 21-13 CORPORACION MUNICIPAL DE DESARROLLO SOCIAL DE CALAMA EXAMEN DE CUENTAS A LOS PROGRAMAS DE ATENCION PRIMARIA DE SALUD - DICIEMBRE 2013 - Doctrina Administrativa - VLEX 565137390

INFORME FINAL 21-13 CORPORACION MUNICIPAL DE DESARROLLO SOCIAL DE CALAMA EXAMEN DE CUENTAS A LOS PROGRAMAS DE ATENCION PRIMARIA DE SALUD - DICIEMBRE 2013

Fecha de Resolución23 de Diciembre de 2013
EmisorRegional Antofagasta
ServicioCORPORACION MUNICIPAL DE DESARROLLO SOCIAL DE CALAMA
Número de informe21/2013
SectorMunicipios y Corporaciones de la Región
Tipo de informeInforme Final de Auditoría
NivelRegional

En virtud de lo expuesto en el presente informe, y considerando que esa entidad municipal no dio respuesta al preinforme de observaciones, deben mantenerse la totalidad de los reproches formulados, debiendo adoptar medidas con el objeto de dar estricto cumplimiento a las normas legales y reglamentarias que las rigen, entre las cuales se estima necesario considerar, a lo menos, las siguientes: SOBRE ASPECTOS DE CONTROL INTERNO 1. En lo referente al numeral 1 de este título, sobre la falta de revisión por parte de la Unidad de Control Interno de la COMDES al programa Odontológico Integral, la Municipalidad de Calama deberá adoptar las medidas administrativas pertinentes y evacuar los procedimientos necesarios para que la COMDES las ejecute oportunamente, con el objeto de garantizar la correcta utilización que los recursos públicos asociados al programa en comento.

  1. En cuanto a la observación planteada en el acápite 2 del presente apartado, relacionada con que la Dirección de Control no ejerció actividades de revisión a los programas de Atención Primaria de Salud, corresponde que la autoridad edilicia implemente las medidas administrativas con la finalidad de constatar el correcto uso de los recursos asignados y verificar el cumplimiento de los objetivos comprometidos para el área de salud. EXAMEN DE CUENTAS 3. Sobre la diferencia advertida en el numeral 1.1.1 del presente título, respecto de los fondos transferidos en exceso en el programa de atención domiciliaria a personas con dependencia severa, desde el Servicio de Salud Antofagasta a la Municipalidad de Calama, por un monto de $ 4.469.772.-, éstos deberán ser reintegrados por la entidad edilicia.:

    En lo sucesivo, el Servicio de Salud Antofagasta deberá transferir los montos que estén previamente autorizados conforme a los contratos suscritos, con el fin de evitar que se produzcan situaciones como el de la especie.

  2. Respecto del numeral 1.1.2 y 2.1 del presente título, relacionados con que los fondos transferidos para ambos programas de APS analizados, referidos a que en la Municipalidad de Calama no se contabilizaron dichos recursos de conformidad a lo instruido por la Contraloría General de la República en el oficio N° 36.640, de 2007, esa entidad edilicia deberá dar estricto cumplimiento a la normativa contable citada precedentemente.

  3. Respecto al numeral 1.2.1 de este título, sobre las 26 fichas no proporcionadas en la oportunidad para su revisión, referentes a personas con...

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