INFORME FINAL 4-14 SEREMI DESARROLLO SOCIAL AUDITORÍA DE PROGRAMAS Y FICHA DE PROTECCIÓN SOCIAL- ABRIL 2014 - Doctrina Administrativa - VLEX 565138434

INFORME FINAL 4-14 SEREMI DESARROLLO SOCIAL AUDITORÍA DE PROGRAMAS Y FICHA DE PROTECCIÓN SOCIAL- ABRIL 2014

Fecha de Resolución 7 de Abril de 2014
EmisorRegional Arica y Parinacota
ServicioSECRETARIA REGIONAL MINISTERIAL DE DESARROLLO SOCIAL ARICA Y PARINACOTA
Número de informe4/2014
SectorServicios Regionales
Tipo de informeInforme Final de Auditoría
NivelRegional
  1. Respecto de lo indicado en el numeral 2.1, del acápite de Aspectos de Control Interno, los municipios de Arica, Camarones y General Lagos, deberán formalizar las metodologías de verificación de la información declaradas en las FPS, según los lineamientos del organismo competente, lo que deberá ser monitoreado por los encargados de control interno de esas entidades edilicias, acciones que deben ser coordinadas y conocidas por la SEREMI de Desarrollo Social, quien elaborará un informe sobre dichas actividades, documento que deberá estar a disposición de este Ente Control en la eventualidad que lo solicite.

  2. En cuanto a lo expuesto en el punto 2.2, del ítem 1, sobre el acopio de las FPS en la Municipalidad de Arica, esa entidad deberá adoptar las medidas e implementar las acciones que permitan el debido resguardo de las FPS, debiendo ser verificado por el Director de Control Interno de ese municipio, elaborando un informe al respecto, el cual, eventualmente, podrá ser solicitado por esta Contraloría Regional en futuros procesos de fiscalización.

  3. Referente a la encuesta no proporcionada por la Municipalidad de Arica, indicada en el numeral 2.3, del acápite de Aspectos de Control Interno, el Edil deberá instruir las medidas que permitan la identificación de todas las fichas que no se encuentren en las dependencias municipales, identificando las causas de ello, para luego definir la forma de su actualización, lo que deberá ser monitoreado por el Director de Control Interno del municipio, efectuando un informe al respecto, el que deberá estar a disposición de este Ente de Control.

  4. La Municipalidad de Arica no remitió la documentación en la cual conste que doña haya solicitado una nueva encuesta por cambio de domicilio, según se observó en el numeral 2.5, del ítem 1, por lo tanto, esa corporación deberá, en lo sucesivo, velar porque los hechos significativos de la FPS estén documentados, tal como lo •es, la solicitud de aplicación o actualización de la misma.:

  5. En cuanto al numeral 2.6, del acápite de Aspectos de Control Interno, la Municipalidad de Camarones deberá adoptar las medidas de control y supervisión para que este tipo de situaciones no se reitere, lo cual deberá ser monitoreado por el encargado de control de esa entidad.

  6. Respecto de lo indicado en las letras a) y b) del numeral 1.1, del acápite de la...

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