INFORME DE INVESTIGACION ESPECIAL 118-15 MUNICIPALIDAD DE TALCA PRESUNTAS IRREGULARIDADES - ABRIL 2015
Fecha de Resolución | 10 de Abril de 2015 |
Emisor | Regional Maule |
Servicio | MUNICIPALIDAD DE TALCA |
Número de informe | 118/2015 |
Sector | Municipios y Corporaciones de la Región |
Tipo de informe | Informe de Investigación Especial |
Nivel | Regional |
Atendidas las consideraciones expuestas durante el desarrollo del presente trabajo, la Municipalidad de Talca, ha aportado antecedentes e iniciado acciones que han permitido salvar algunas de las situaciones planteadas en el preinforme de observaciones N° 118, de 2015. En efecto, las observaciones contenidas en el capítulo I Premio Internacional Maya 2014, letra e) respecto a la permanencia de la comisión de servicio, se da por subsanada considerando las explicaciones y antecedentes aportados por la entidad. Respecto de aquellas observaciones que se mantienen, se deberán adoptar medidas con el objeto de dar estricto cumplimiento a las normas legales y reglamentarias que las rigen, entre las cuales se estima necesario considerar, a lo menos, las siguientes:
-
En cuanto al monto entregado por pago de inscripción, observado en el capítulo I, letra c), la autoridad comunal deberá instruir formalmente al departamento correspondiente respecto del otorgamiento y correcto uso del giro global en efectivo, con la finalidad de evitar la ocurrencia de situaciones como la observada en la especie y velar por el estricto cumplimiento de la normativa legal citada en el cuerpo del presente informe final, aspecto que se corroborará en la fase de seguimiento.
-
Referente a los fondos autorizados para pasajes aéreos, objetado en el capítulo I, letra d), corresponde al alcalde arbitrar las medidas necesarias para reintegrar a las arcas municipales la suma ascendente a $84.150, por el concepto de la multa por cambio de pasaje aéreo, lo cual será verificado en la etapa de seguimiento del presente documento.
-
Al tenor de lo indicado en el capítulo I, letra f) sobre pago de viáticos, el municipio deberá adoptar las acciones pertinentes para fortalecer los procedimientos de control para el otorgamiento y pago de comisiones, con la finalidad de evitar la ocurrencia de situaciones como la advertida en la especie, hecho que se comprobará en futuras fiscalizaciones.
-
En lo que concierne al informe de cometido y costos que se deben presentar al concejo municipal, señalado en el capítulo I, letra g), el alcalde señor Juan Castro y el funcionario señor Dante Torres Ibarra, deberán acreditar documentadamente que informaron al cuerpo colegiado de las labores desarrolladas y los costos incurridos en la comisión de servicio, con la finalidad de sujetarse a la disposición legal antedicha, situación que se verificará en la fase de seguimiento.
-
Sobre lo objetado en el...
Para continuar leyendo
Solicita tu prueba