INFORME INVESTIGACIÓN ESPECIAL 6-13 HOSPITAL REGIONAL DR. ERNESTO TORRES GALDAMES DE IQUIQUE MANEJO DE DESECHOS HOSPITALARIOS- OCTUBRE 2013 - Doctrina Administrativa - VLEX 565138282

INFORME INVESTIGACIÓN ESPECIAL 6-13 HOSPITAL REGIONAL DR. ERNESTO TORRES GALDAMES DE IQUIQUE MANEJO DE DESECHOS HOSPITALARIOS- OCTUBRE 2013

Fecha de Resolución15 de Octubre de 2013
EmisorRegional Tarapacá
ServicioHOSPITAL REGIONAL DE IQUIQUE
Número de informe6/2013
SectorServicios Regionales
Tipo de informeInforme de Investigación Especial
NivelRegional

En mérito de lo expuesto en el cuerpo del presente Informe Final, corresponde que el Hospital Regional "Dr. Ernesto Torres Galdames", adopte las acciones que se indican a continuación, a fin de subsanar las debilidades detectadas. 1 Manejo interno de REAS 1.1) Sobre el plan de manejos de residuos especiales y peligrosos: Acreditar mediante el respectivo acto administrativo la presentación del plan de manejo de aquellos residuos ante la autoridad sanitaria respectiva.:

1.2) Respecto de la ausencia de un responsable para la ejecución del plan y desempeño del personal encargado del manejo de los REAS: Designar formalmente al funcionario que se responsabilizará exclusivamente de la ejecución y desempeño del personal encargado del manejo de aquellos residuos, a fin de dar cumplimiento al artículo 10 del decreto N° 6. 1.3) En relación con las salas y contenedores para el almacenamiento de REAS: Como primer aspecto, acreditar fehacientemente que las salas y los contenedores de residuos peligrosos y especiales, cumplen con las exigencias establecidas en los artículos 12, 21 y 22 del decreto N° 6, y el artículo 8° del decreto N° 148. Como segunda cuestión, implementar dichas salas con los elementos de seguridad necesarios para mitigar al máximo los riesgos de contaminación del personal habilitado para el manejo de tales residuos y/o fiscalizadores que ingresen a inspeccionar el lugar, dando así cumplimiento conjuntamente a la normativa precedentemente señalada y al artículo 65 y siguientes de la ley N° 16.744, sobre Accidentes del Trabajo y Enfermedades Profesionales. 1.4) En cuanto a la autorización para el funcionamiento de las salas de almacenamiento de REAS: Sobre el particular, procede que esa entidad acredite con los antecedentes pertinentes la autorización sanitaria de las salas de almacenamiento de residuos especiales y peligrosos, además de certificar fidedignamente la entrega del respectivo plan de operación. 2 Transporte y eliminación de REAS 2.1) En relación con la acreditación de las empresas de eliminación: se constató que la empresa Anfibio, no dió cumplimiento a lo establecido en el numeral 3.2 de las bases técnicas de la citada licitación Id 1647-853-LE11, donde se manifiesta que "...la empresa deberá evidenciar al momento de ofertar quien será él o los responsables de la recepción para su posterior tratamiento y disposición final adjuntando el o los certificados emitidos por la Autoridad Sanitaria competente que acredite la...

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