Decisión nº C153-14, de Consejo de Transparencia de 16 de Abril de 2014 - Doctrina Administrativa - VLEX 544596134

Decisión nº C153-14, de Consejo de Transparencia de 16 de Abril de 2014

Fecha de Resolución16 de Abril de 2014
TipoDocumentos Oficiales
MateriaSubsidios y Beneficios
TemaSalud

DECISIÓN AMPARO ROL C153-14

Entidad pública: Servicio de Salud de Reloncaví

Requirente: Marco González Salinas

Ingreso Consejo: 14.01.2014

En sesión ordinaria Nº 517 del Consejo Directivo, celebrada el 16 de abril de 2014, con arreglo a las disposiciones de la Ley de Transparencia de la Función Pública y de Acceso a la Información de la Administración del Estado, en adelante, Ley de Transparencia, aprobada por el artículo primero de la Ley Nº 20.285 de 2008, el Consejo para la Transparencia, en adelante indistintamente el Consejo, ha adoptado la siguiente decisión respecto de la solicitud de amparo al derecho de acceso a la información Rol C153-14.

VISTO:

Los artículos , inc. , y 1912 de la Constitución Política de la República; las disposiciones aplicables de las Leyes Nº 20.285; N° 19.628 y Nº 19.880; lo previsto en el D.F.L. Nº 1-19.653, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que fijó el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley Nº 18.575; los D.S. Nº 13/2009 y Nº 20/2009, ambos del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que aprueban, respectivamente, el Reglamento del artículo primero de la Ley Nº 20.285, en adelante el Reglamento, y los Estatutos de Funcionamiento del Consejo para la Transparencia.

TENIENDO PRESENTE:

1) SOLICITUD DE ACCESO: El 26 de noviembre de 2013, don Marco González Salinas, solicitó al Servicio de Salud de Reloncaví, en adelante también Servicio de Salud, información relativa a las becas entregadas por ese Servicio para cursar especialidades y subespecialidades médicas, entre los años 2006 y 2013. En particular, solicitó los siguientes antecedentes en formato digital:

a) "Bases de cada concurso (una para cada año, es decir las bases de 2006, 2007, así sucesivamente)";

b) "Cupos ofrecidos en cada año, indicando la especialidad, universidad que otorgó la beca y centro de formación asignado":

c) "Mecanismo de difusión de la convocatoria para postular a las becas, indicando cuál fue el mecanismo por el que se difundió (reunión, Diario Oficial, medio de comunicación) y la fecha en que se publicó o realizó la difusión";

d) "Listado de todos los postulantes, ya sea seleccionados o no, indicando su nombre y/o RUT, y la especialidad a la que postula";

e) "Resultados definitivos de los seleccionados, indicando nombre o RUT del postulante, beca a la que postuló, universidad a la que postuló y las calificaciones obtenidas en cada uno de los ítems evaluados (calificación médica nacional, permanencia en establecimientos de atención primaria de salud, funciones directivas, actividades científicas y docentes, perfeccionamiento profesional u otros criterios de evaluación considerados en cada año)"; y,

f) "Lugar de destino para la devolución de la beca (compromiso de retorno), indicando su nombre, ya sea hospital, consultorio, servicio de salud u otro".

Asimismo, hizo presente que la información consultada abarca el período comprendido entre los años 2006 a 2013.

2) RESPUESTA: El Servicio de Salud, por medio de correo electrónico de 16 de enero de 2014, remitió al requirente diversos antecedentes, entres estos, Memorándum N° 01, de la Subdirectora de Recursos Humanos, una nómina que individualiza los nombres, especialidad, universidad, lugar de destino y programa de formación de 96 médicos y odontólogos que han sido patrocinados con ocasión de los procesos de formación, dos bases que describen la convocatoria a médicos que deseen especializarse cuya beca será financiada por el Servicio de Salud de Reloncaví respecto de los años 2010 y 2011, dos oficios emanados de la Subsecretaría de Redes Asistenciales y las bases para el proceso de selección en los programas de especialización para el año 2013 para desempeñarse en los Servicios de Salud del país.

El informe de la Subdirectora de Recursos Humanos aludido, detalla que:

a) Los mecanismos de formación con compromiso de retorno con los cuales dicho órgano ha trabajado son: 1) cupos autofinanciados, 2) FORDIR, 3) CONE, 4) Beca Primaria. El cupo autofinanciado es una modalidad formativa "donde el profesional obtiene un cupo en las universidades que imparten programas de especialización y posterior a esto se dirige a los servicios de Salud solicitando financiamiento de pago de arancel y estipendio, recursos que son otorgados por la Subsecretaría de Redes Asistenciales, por lo cual se exige una fase asistencial obligatoria, durante el doble del tiempo financiado".

b) La Formación Directa por los Servicios de Salud -FORDIR- permite a los Servicios de Salud enviar funcionarios a especializaciones o subespecializaciones, con compromiso de retorno en los Servicios de Salud de origen, "Su ingreso es a...

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