Decisión nº C1108-14, de Consejo de Transparencia de 21 de Noviembre de 2014 - Doctrina Administrativa - VLEX 556366006

Decisión nº C1108-14, de Consejo de Transparencia de 21 de Noviembre de 2014

Fecha de Resolución21 de Noviembre de 2014
TipoDocumentos Oficiales
MateriaFunciones y Actividades Propias del órgano
TemaOrden y Seguridad Interior

DECISIÓN AMPARO ROL C1108-14

Entidad pública: Policía de Investigaciones de Chile

Requirente: Matías Rojas Medina

Ingreso Consejo: 04.06.2014

En sesión ordinaria N° 571 del Consejo Directivo, celebrada el 21 de noviembre de 2014, con arreglo a las disposiciones de la Ley de Transparencia de la Función Pública y de Acceso a la Información de la Administración del Estado, en adelante, Ley de Transparencia, aprobada por el artículo primero de la Ley N° 20.285 de 2008, el Consejo para la Transparencia, en adelante indistintamente el Consejo, ha adoptado la siguiente decisión respecto de la solicitud de amparo al derecho de acceso a la información Rol C1108-14.

VISTO:

Los artículos , inciso , y 1912 de la Constitución Política de la República; las disposiciones aplicables de la ley N° 20.285, sobre acceso a la información pública y de la ley N° 19.880 que establece bases de los procedimientos administrativos que rigen los actos de los órganos de la Administración del Estado; lo previsto en el decreto con fuerza de ley N° 1/19.653, de 2000, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley N° 18.575, orgánica constitucional sobre bases generales de la Administración del Estado; y los decretos supremos N° 13, de 2009 y N° 20, de 2009, ambos del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que aprueban, respectivamente, el reglamento del artículo primero de la ley N° 20.285, en adelante e indistintamente, el Reglamento, y los Estatutos de Funcionamiento del Consejo para la Transparencia.

TENIENDO PRESENTE:

1) SOLICITUD DE ACCESO: El 28 de abril de 2014, don Matías Rojas Medina solicitó a la Policía de Investigaciones de Chile "copia de todos los sumarios administrativos instruidos en contra del funcionario Sr. Nelson Lillo Merodio, durante su servicio activo en la PDI."

2) RESPUESTA: El 29 de mayo de 2014, la Policía de Investigaciones de Chile respondió a dicho requerimiento señalando, en síntesis, que:

a) La información solicitada corresponde a los siguientes expedientes: Sumario Administrativo N° 236, de 23 de diciembre de 1968, IV Prefectura de Santiago, que consta de 92 fojas; Sumario Administrativo N° 23, de 6 de febrero de 1971, Prefectura Provincial de Santiago, que consta de 133 fojas; Sumario Administrativo N° 209, de 26 de noviembre de 1974, Prefectura de Santiago, que consta de 126 fojas; Sumario Administrativo N° 130, de 04 de agosto de 1975, Prefectura de Santiago, que consta de 112 fojas; y, Sumario Administrativo N° 84, de 27 de junio de 1979, Subdirección Policial, que consta de 248 fojas.

b) La solicitud de acceso importa la reproducción de un total de 711 fojas y, además, la aplicación del principio de divisibilidad, todo lo cual implica distraer indebidamente a los funcionarios del cumplimiento regular de sus labores habituales, considerando que son dos funcionarias que en un régimen de media jornada gestionan las solicitudes a nivel nacional, configurándose con ello la causal de reserva del artículo 21 N° 1, letra c) de la Ley de Transparencia.

3) AMPARO: El 4 de junio de 2014, don Matías Rojas Medina dedujo amparo a su derecho de acceso a la información en contra del señalado órgano de la Administración del Estado, fundado en la respuesta negativa a su solicitud. Asimismo, requiere que este Consejo oficie a la PDI respecto del escaso personal que estaría destinando a su Oficina de Transparencia, y disponga, si lo estima conveniente, la instrucción de un Sumario Administrativo a través de la Contraloría General de la República.

4) DESCARGOS Y OBSERVACIONES DEL ORGANISMO: El Consejo Directivo de este Consejo acordó admitir a tramitación este amparo, trasladándolo al Sr. Director General de la Policía de Investigaciones de Chile, mediante Oficio N° 3.014 de 10 de junio de 2014, quien presentó sus descargos y observaciones, a través de Oficio N° 403 de la Jefatura Jurídica de la PDI, señalando, en síntesis que:

a) En el mes de mayo de 2014, comenzó a invocar por primera vez la causal de secreto o reserva contenida en el artículo 21 N° 1, letra c) de la Ley de Transparencia, por cuanto a la fecha en que se evacuó dicha respuesta, el peticionario ya llevaba un total de 40 solicitudes ingresadas, solicitando en todas ellas, un elevado número de actos administrativos de antigua data y ubicación, que en la práctica implicaba no sólo a los funcionarios de diversas reparticiones institucionales efectuar una búsqueda manual en los archivos existentes en las distintas unidades, y, posteriormente estudiar y analizar los antecedentes...

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