ORD. Nº2347/025 26 de Junio de 2014. Estatuto Docente. Corporación Municipal. Término de contrato por incumplimiento grave. Sumario. - Doctrina Administrativa - VLEX 517028198

ORD. Nº2347/025 26 de Junio de 2014. Estatuto Docente. Corporación Municipal. Término de contrato por incumplimiento grave. Sumario.

Fecha Disposición26 de Junio de 2014
MateriaEstatuto Docente. Corporación Municipal. Término de contrato por incumplimiento grave. Sumario.

DEPARTAMENTO JURIDICO

4757(1038)2014

ORD.: Nº 2347 / 025 /

MAT.: Estatuto Docente. Corporación Municipal. Término de contrato por incumplimiento grave. Sumario.

RDIC.: La Corporación Municipal de La Florida no se encontró facultada para instruir sumarios administrativos en contra de profesionales de la educación de diversos establecimientos educacionales dependientes de dicha entidad, a fin de acreditar el incumplimiento grave de las obligaciones que impone el contrato de trabajo, por no haber concurrido los mismos a prestar servicios al establecimiento educacional el día 7 de noviembre de 2013.

ANT.: 1) Ord. Nº149 de 06.06.2014, de Sr. Secretario General de la Corporación Municipal de La Florida.

2) Ord Nº1696 de 09.05.2014, de Jefa Unidad de Dictámenes e Informes en Derecho.

3) Acta de comparecencia de 06.05.2014, de Sra. Presidenta del Sindicato Nº1 de trabajadores de la Educación y Administración de la Corporación Municipal de La Florida.

4) Presentación de 28.04.2014, de Sra. Presidenta del Sindicato Nº1 de trabajadores de la Educación y Administración de la Corporación Municipal de La Florida.

FUENTES: Estatuto Docente, artículo 72, letras b) y c).

SANTIAGO,

DE : DIRECTOR DEL TRABAJO

A : SRES. SINDICATO Nº1 DE TRABAJADORES DE LA EDUCACIÓN Y ADMINISTRACIÓN DE LA CORPORACIÓN MUNICIPAL DE SALUD Y EDUCACIÓN DE LA FLORIDA

Mediante presentación del antecedente 4), complementada por acta de comparecencia de 06.05.2014, han solicitado a esta Dirección un pronunciamiento acerca de si la Corporación Municipal de La Florida se encontró facultada para instruir sumarios administrativos en contra de profesionales de la educación de diversos establecimientos educacionales dependientes de dicha entidad, a fin de acreditar respecto de ellos, la causal prevista en la letra c) del artículo 72 del Estatuto Docente, por no haber concurrido los mismos a prestar servicios al establecimiento educacional el día 7 de noviembre de 2013.

Habiéndose dado traslado a la Corporación Municipal a fin de dar cumplimiento al principio de contradicción e igualdad de las partes, dicha entidad mediante ordinario Nº1149, de 05.06.2014 señaló, en lo pertinente, que si bien la causal del literal c) del artículo 72 del Estatuto Docente no exige la instrucción de un sumario administrativo para proceder a la desvinculación de un docente, ello no obsta a que la autoridad de igual modo lo instruya para comprobar fehacientemente la concurrencia o no de los hechos que la motivaron.

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