ORD. Nº 5079/188 6 de Diciembre de 2004. : Organización sindical. Directores. Modificaciones art 12. Alcance. - Doctrina Administrativa - VLEX 239610974

ORD. Nº 5079/188 6 de Diciembre de 2004. : Organización sindical. Directores. Modificaciones art 12. Alcance.

Fecha Disposición 6 de Diciembre de 2004
Materia: Organización sindical. Directores. Modificaciones art 12. Alcance.

DEPARTAMENTO JURIDICO

K. 09533(896)/2004

ORD.: Nº 5079/188

MATE.: Organización sindical. Directores. Modificaciones art 12. Alcance.

RDIC.: El eventual cambio del área Mujer, Trabajo y Generación de Ingresos, al de Mujer, Cultura y Desarrollo Personal de la dirigente sindical, señora María Angélica Garrido A., no implicaría el ejercicio, por parte de la Fundación PRODEMU, de la facultad prevista en el artículo 12 del Código del Trabajo, sino una aplicación de lo pactado en materia de funciones en el respectivo contrato de trabajo y sus posteriores modificaciones.

ANT.: 1)Memo Nº461, de 23.11.2004, de Dpto. Relaciones Laborales.

2)Memo Nº163, de 10.11.2004, de U. Dictámenes e Informes en Derecho.

3)Ord.Nº2563, de 09.09.2004, de I.P.T. Santiago.

4)Respuesta de 30.08.2004, de Sra. María Angélica Garrido A.

5)Ord.Nº3674, de 10.08.2004, de Jefa Unidad de Dictámenes e Informes en Derecho.

6)Ord.Nº3353, de 27.07.2004, de Jefa Unidad de Dictámenes e Informes en Derecho.

7)Presentación de 05.07.2004, de Sra. Virginia Rodríguez C., Fundación PRODEMU.

FUENTES:

Código del Trabajo, artículos 12 y 243.

SANTIAGO, 06.12.2004

DE : DIRECTOR DELTRABAJO (S)

A : SEÑORA VIRGINIA RODRIGUEZ CAÑAS

VICEPRESIDENTA EJECUTIVA NACIONAL

FUNDACION PRODEMU

SALVADOR SANFUENTES Nº2357

SANTIAGO/

Mediante presentación citada en el antecedente 7) se requiere un pronunciamiento de esta Dirección, respecto del sentido y alcance de la norma prevista por el inciso 2º del artículo 243 del Código del Trabajo.

Lo anterior, por la negativa de una dirigente del Sindicato constituido en la referida Fundación, a cambiar de área de trabajo, aduciendo que con ello se infringiría el citado inciso 2º del artículo 243, que prohibe al empleador, salvo caso fortuito o fuerza mayor, ejercer respecto de los directores sindicales las facultades contempladas por el artículo 12 del Código del Trabajo.

En respuesta a traslado conferido a la referida dirigente, dando así cumplimiento al principio de bilateralidad, ésta manifestó, en síntesis, que, desde junio de 1998 presta servicios a la Fundación PRODEMU, siendo contratada por dicha entidad para desempeñarse como Profesional de Apoyo de la Región Metropolitana, donde laboró por 10 meses, luego de lo cual se incorporó a la Dirección Nacional de Formación y Capacitación, de la misma institución, donde permaneció hasta mediados del año 2002, fecha en que, por un proceso de reestructuración, se disuelve dicha Dirección, dando paso a la nueva Dirección Nacional de Programas y Gestión Regional, a la cual es trasladada, junto con otro de los tres profesionales que formaban parte de la disuelta Dirección Nacional de Formación y Capacitación.

Agrega que la nueva Dirección de Programas y Gestión Regional se organiza en torno a tres áreas de acción: Mujer, Cultura y Desarrollo Personal, Mujer y Participación Ciudadana y Mujer, Trabajo y Generación de Ingresos, con un modelo de planificación elaborado por la Institución, que implica el desarrollo de programas, proyectos e instrumentos de intervención especialmente diseñados para atender los requerimientos específicos de cada una de las referidas áreas, mediante las cuales se busca alcanzar los objetivos expresados en los componentes de la Misión Institucional, esto es, cultura, participación y trabajo.

Durante el tiempo que sigue, la funcionaria de que se trata, colabora en la construcción de una propuesta de trabajo que desarrolla, a nivel nacional, diversos programas y estrategias para lograr los objetivos planteados en el Area Mujer, Trabajo y Generación de Ingresos, programas que son de responsabilidad directa de los profesionales, de acuerdo a los conocimientos e intereses específicos de cada uno de ellos, realizando, adicionalmente acciones de coordinación regional.

Señala que en el mes de abril del presente año, es citada por la Vicepresidenta Ejecutiva Nacional de la Institución, quien le comunica verbalmente su traslado al Area...

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