Decisión nº C624-14, de Consejo de Transparencia de 17 de Diciembre de 2014 - Doctrina Administrativa - VLEX 556365286

Decisión nº C624-14, de Consejo de Transparencia de 17 de Diciembre de 2014

Fecha de Resolución17 de Diciembre de 2014
TipoDocumentos Oficiales
MateriaFunciones y Actividades Propias del órgano
TemaSalud

DECISIÓN AMPARO ROL C624-14

Entidad pública: Instituto de Salud Pública de Chile (ISP)

Requirente: Rodolfo Novakovic Cerda

Ingreso Consejo: 03.04.2014

En sesión ordinaria N° 578 del Consejo Directivo, celebrada el 17 de diciembre de 2014, con arreglo a las disposiciones de la Ley de Transparencia de la Función Pública y de Acceso a la Información de la Administración del Estado, aprobada por el artículo primero de la Ley N° 20.285, el Consejo para la Transparencia, en adelante indistintamente el Consejo, ha adoptado la siguiente decisión respecto de las solicitudes de amparo al derecho de acceso a la información Rol C624-14.

VISTO:

Los artículos , inciso , y 1912 de la Constitución Política de la República; las disposiciones aplicables de la ley N° 20.285, sobre acceso a la información pública y de la ley N° 19.880 que establece bases de los procedimientos administrativos que rigen los actos de los órganos de la Administración del Estado; lo previsto en el decreto con fuerza de ley N° 1/19.653, de 2000, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley N° 18.575, orgánica constitucional sobre bases generales de la Administración del Estado; y los decretos supremos N° 13, de 2009 y N° 20, de 2009, ambos del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que aprueban, respectivamente, el reglamento del artículo primero de la ley N° 20.285, en adelante e indistintamente, el Reglamento, y los Estatutos de Funcionamiento del Consejo para la Transparencia.

TENIENDO PRESENTE:

1) SOLICITUD DE ACCESO: El 2 de abril de 2014, don Rodolfo Novakovic Cerda solicitó al Instituto de Salud Pública, en adelante e indistintamente ISP, la siguiente información respecto del medicamento Ondansetron de Vitaforma S.A. y en relación a la investigación epidemiológica realizada por el ISP y el Ministerio de Salud:

a) Copia de los decretos, resoluciones y actos administrativos (sean estos afectos o exentos) emitidos por el ISP autorizando el ingreso a Chile de dicho medicamento.

b) Los estudios de control en pacientes con leucemia realizados por el laboratorio fabricante, que fueron acompañados al ISP y a la Comisión de Régimen de Control Aplicable para su validación conforme al Reglamento y a la Ley de Fármacos.

c) Copia de los decretos, resoluciones y actos administrativos (sean estos afectos o exentos) y los actos administrativos involucrados en la concesión del primer Registro ISP de este producto farmacéutico.

d) Detalle con el número de los lotes o partidas contaminadas y los resultados de laboratorio que detectaron dicha contaminación.

e) Detalle de las partidas, indicando la serie o lote, de Ondansetron que fueron remitidas al...

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