Decisión nº C2221-13, de Consejo de Transparencia de 23 de Julio de 2014
Fecha de Resolución | 23 de Julio de 2014 |
Tipo | Documentos Oficiales |
Materia | Funciones y Actividades Propias del órgano |
Tema | Salud |
DECISIÓN AMPARO ROL C2221-13
Entidad pública: Servicio de Salud de Osorno
Requirente: Carlos Enrique Barría Barría
Ingreso Consejo: 16.12.2013
En sesión ordinaria N° 538 de su Consejo Directivo, celebrada el 23 de julio de 2014, con arreglo a las disposiciones de la Ley de Transparencia de la Función Pública y de Acceso a la Información de la Administración del Estado, en adelante, Ley de Transparencia, aprobada por el artículo primero de la Ley N° 20.285, de 2008, el Consejo para la Transparencia, en adelante indistintamente el Consejo, ha adoptado la siguiente decisión respecto del amparo Rol C2221-13
Los artículos 5°, inc. 2°, 8° y 19 N° 12 de la Constitución Política de la República; las disposiciones aplicables de la Ley N° 20.285 y N° 19.880; lo previsto en el D.F.L. N° 1- 19.653 del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley N° 18.575; y los D.S. N° 13/2009 y 20/2009 ambos del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que aprueban, respectivamente, el Reglamento del artículo primero de la Ley N° 20.285, en adelante, indistintamente, el Reglamento y los Estatutos de Funcionamiento del Consejo para la Transparencia.
1) Que, el 8 de noviembre de 2013, don Carlos Enrique Barría Barría solicitó al Servicio de Salud de Osorno lo siguiente:
a) Protocolo de priorización de pacientes MINSAL 2009 y
b) Protocolo de categorización o priorización de la atención de urgencia Hospital Base de Osorno utilizado en el año 2010.
2) Que, habiendo sido derivada al Hospital Base de Osorno, dicha entidad respondió la solicitud de acceso a la información entregando el Protocolo de categorización o priorización de la atención de urgencia Hospital Base de Osorno, pero señaló no contaba con el Protocolo de priorización de pacientes del Ministerio de Salud de 2009.
3) Que, el 15 de diciembre de 2013, don Carlos Enrique Barría Barría dedujo amparo a su derecho de acceso a la información en contra de el Servicio de Salud de Osorno, fundado en que no recibió respuesta a su solicitud.
4) Que, por medio del Oficio Ord. N°842 de 6 de mayo de 2014, la institución...
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