Informe Nº 02_2009 de Tribunal de Defensa de la Libre Competencia - Jurisprudencia - VLEX 738532917

Informe Nº 02_2009 de Tribunal de Defensa de la Libre Competencia

Fecha30 Enero 2009
Número de expedienteNC 246-08
Número de informe02_2009
EmisorTribunal de Defensa de la Libre Competencia (Chile)
REPUBLICA DE CHILE
TRIBUNAL DE DEFENSA DE LA LIBRE COMPETENCIA
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INFORME N° 2/2009.
S., treinta de enero de dos mil nueve.
PROCEDIMIENTO NO CONTENCIOSO
ROL NC Nº 246-08
SOLICITANTE: MINISTERIO DE TRANSPORTES Y
TELECOMUNICACIONES
OBJETO: INFORME EMITIDO EN EJERCICIO DE LA
FACULTAD CONFERIDA AL TRIBUNAL EN EL
ARTÍCULO 29° DE LA LEY 18168 DE 1982.
CONTENIDO
I) PARTE EXPOSITIVA
A. PARTES INTERVINIENTES.
B. OBJETO DE LA SOLICITUD, ANTECEDENTES Y ARGUMENTOS
PRESENTADOS POR EL MINISTERIO DE TRANSPORTES Y
TELECOMUNICACIONES
C. ANTECEDENTES Y ARGUMENTOS PRESENTADOS POR LOS
INTERVINIENTES.
II) PARTE CONSIDERATIVA
A.A.G.
.
B.M.R.V.
.
C. DESCRIPCIÓN DEL MERCADO RELEVANTE
D. CONDICIONES DE COMETENCIA
i. Competencia entre proveedores de servicios de telefonía fija.
Superposición de redes y capacidad de expansión de éstas.
ii. Planes de telefonía y paquetización con otros servicios.
iii. Competencia fijo-móvil
iv. Competencia fijo-VoIP y con otras tecnologías
v. Poder de mercado de las empresas dominantes.
E. SERVICIOS ASOCIADOS AL DE TELEFONÍA FIJA.
i. Servicios a usuarios finales asociados al de telefonía fija.
ii. Servicios prestados entre operadores de telecomunicaciones.
iii. Servicio de transmisión y/o conmutación de señales provistos
como servicios intermedios y como circuitos privados, dentro de
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la zona primaria, suministrados a concesionarias, permisionarias y
al público en general.
F. CONCLUSIONES ACERCA DE LA LIBERTAD TARIFARIA
G. RECOMENDACIONES PARA INCREMENTAR LA COMPETENCIA
i. Respecto a la discriminación geográfica
ii. Respecto de la flexibilidad de planes y paquetes
iii. Respecto de la desagregación de redes y reventa de servicios
iv. Respecto de la diferenciación entre llamadas on-net y off-net.
v. Respecto de la portabilidad del número telefónico.
III) RESOLUCIÓN DEL TRIBUNAL
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I) PARTE EXPOSITIVA
A. INTERVINIENTES
1. El presente informe se emite a solicitud del Ministerio de Transporte y
Telecomunicaciones, en adelante también MTT, de acuerdo a lo dispuesto
2. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 31°, del Decreto Ley Nº 211,
han aportado antecedentes y expresado opinión en este expediente, en
relación con la solicitud de autos, las siguientes entidades y personas:
i. VOISSNET S.A.;
ii. SR. O.C.A.;
iii. EMPRESA NACIONAL DE TELECOMUNICACIONES (en adelante ENTEL)
y ENTEL TELEFONÍA LOCAL S.A. ( en adelante ENTELPHONE);
iv. COMPAÑÌA DE TELÉFONOS, TELEFÓNICA DEL SUR S.A. (en adelante
TELSUR) y COMPAÑÌA DE TELÉFONOS DE COYHAIQUE (en adelante
TELCOY);
v. TELEFÓNICA MOVILES CHILE S.A. (en adelante MOVISTAR);
vi. TELMEX SERVICIOS EMPRESARIALES S.A. (en adelante TELMEX);
vii. COMPAÑÍA DE TELECOMUNICACIONES DE CHILE S.A. (en adelante
TELEFÓNICA CTC) Y TELEFONICA LARGA DISTANCIA S.A. en adelante
Telefónica Larga Distancia)
viii. BUSINESS COM CHILE LTDA.
ix. VTR BANDA ANCHA (CHILE ) S.A (en adelante VTR)
x. FISCALÍA NACIONAL ECONÓMICA (en adelante FNE)
B. OBJETO DE LA SOLICITUD, ANTECEDENTES Y ARGUMENTOS
PRESENTADOS POR EL MINISTERIO DE TRANSPORTES Y
TELECOMUNICACIONES
3. A fojas 3 y siguientes, con fecha 29 de enero de 2008, el Ministerio de
Transporte y Telecomunicaciones (MTT) solicita a este Tribunal que informe
respecto del nivel de competencia actual en los servicios de telefonía fija en
este momento sujetos a regulación de precios, con el objeto de evaluar si
existen condiciones para su liberalización. Ésta fue complementada a fojas
238, 1760, 2321 y 2432;
i. En cuanto a la telefonía fija o local:
4. Los servicios actualmente sujetos a fijación de tarifas, de acuerdo con la
Resolución Nº 686/2003 de la H. Comisión Resolutiva, son: i) los servicios
públicos de telefonía local a usuarios finales, ii) los servicios de larga
distancia nacional e internacional, los servicios prestados a otros usuarios
y, iii) los servicios de conmutación y/o trasmisión de señales provistas como
servicio intermedio o como circuitos privados A continuación se sintetiza el
contenido de dicha solicitud de informe;

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