Resolución de Tribunal de la Propiedad Industrial, de 6 de Mayo de 2014 (Rol Nº 000190-2014) - Jurisprudencia - VLEX 520819170

Resolución de Tribunal de la Propiedad Industrial, de 6 de Mayo de 2014 (Rol Nº 000190-2014)

Fecha de Resolución 6 de Mayo de 2014
EmisorTribunal de Propiedad Industrial

Santiago, seis de mayo del año dos mil catorce.-

Vistos:

A fojas 1, se solicitó el registro de la marca mixta “OVERHEAD DOOR” por

Overhead Door Corporation, para distinguir puertas metálicas ascendentes,

particularmente puertas de garaje, puertas de servicio enrollables, puertas

cortafuegos enrollables, rejas enrollables, puertas de mostradores enrollables,

puertas de mostrador de servicio, y puertas de persiana enrollables; rejas

correderas metálicas, clase 6; controles electrónicos para accionar y controlar el

funcionamiento de motores eléctricos de accionamiento; porteros automáticos

eléctricos; porteros automáticos de garaje, operadores electrónicos para la

apertura y el cierre de puertas, clase 9; y, puertas no metálicas ascendentes,

particularmente puertas de garaje, puertas de servicio enrollables, puertas

cortafuegos enrollables, rejas enrollables, puertas de mostradores enrollables,

puertas de mostrador de servicio, y puertas de persiana enrollables; rejas

correderas no metálicas, clase 19.

A fojas 85, en ejercicio de la facultad conferida por el artículo 22 de la Ley 19.039,

el Director Nacional del Instituto Nacional de Propiedad Industrial por resolución de

fecha once de noviembre del año dos mil trece, rechazó de oficio dicho registro

fundado en la causal de irregistrabilidad contenida en la letra e) del artículo 20 de

la Ley de Propiedad Industrial, por cuanto su traducción corresponde a “puerta

basculante”;

Con lo relacionado y considerando,

  1. - Que, el rechazo se funda en que el signo solicitado es indicativo, de uso

    general en el comercio para designar cierta clase de productos, no presenta

    carácter distintivo o describe aquellos a que debe aplicarse;

  2. - Que, el signo mixto pedido está formado por expresiones que, como conjunto,

    le otorgan fisonomía propia con la distintividad necesaria para obtener protección

    marcaria, lo que permite su adecuada identificación en el mercado. En efecto, las

    dos expresiones que componen el signo pedido forman un todo inseparable

    independiente de sus partes que así mirado es del todo distintivo;

  3. - Que, además, debe considerarse que el signo pedido es mixto con una grafía y

    diseño que posee características propias que le otorgan...

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