Resolución Nº 17/2006 de Tribunal de Defensa de la Libre Competencia - Jurisprudencia - VLEX 738532841

Resolución Nº 17/2006 de Tribunal de Defensa de la Libre Competencia

Número de resolución17/2006
Fecha13 Septiembre 2006
Número de expedienteNC 115-06
EmisorTribunal de Defensa de la Libre Competencia (Chile)
REPUBLICA DE CHILE
TRIBUNAL DE DEFENSA DE LA LIBRE COMPETENCIA
1
RESOLUCIÓN Nº 17/2006.
S., trece de septiembre de dos mil seis.
PROCEDIMIENTO: NO CONTENCIOSO.
ROL: NC Nº 115-06.
CONSULTANTE: POLLA CHILENA DE BENEFICENCIA S.A.
OBJETO: CONSULTA SOBRE POLÍTICAS DE
COMERCIALIZACIÓN.
VISTOS:
ANTECEDENTES DE LA CONSULTA:
1. Con fecha 25 de enero de 2006, Polla Chilena de Beneficencia S.A., en adelante
P., formuló ante este Tribunal una consulta cuyo contenido se sintetiza a
continuación:
1.1. Mediante cartas de 2 de enero de 2006, las empresas que se especifican
plantearon las siguientes solicitudes a P.:
a) Agencias Maule S.A., Agencias Bío-Bío S.A., Agencias Araucanía S.A., y
Agencias Llanquihue S.A, solicitan su nombramiento como Agente Oficial de P.
y la instalación de nuevos terminales, reiterando una petición anterior en tal
sentido, de enero de 2005.
b) Agencias Copiapó S.A., Agencias Choapa S.A. y Agencias Cachapoal S.A.,
solicitan la regularización de su situación contractual, requiriendo específicamente
ser nombradas como Agente Oficial de P., la instalación de nuevos terminales, y
el traspaso de los códigos de los anteriores Agentes Oficiales, tal como lo habían
solicitado en enero de 2005.
c) Agencias Metropolitana S.A. y Agencias Quinta S.A., solicitan la instalación de
nuevos terminales para juegos de P..
En las citadas misivas se hizo presente a Polla que ésta no había dado respuesta a
las solicitudes planteadas anteriormente, señalando que la negativa de Polla para
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atender las mismas y proveer de nuevos terminales de juegos en línea no tiene
justificación alguna, ni tampoco se funda en algún requisito objetivo e igualitario.
1.2. P. señala ser una sociedad anónima del Estado, cuyo objeto social es la
realización y administración de los sorteos de lotería y la organización,
administración, operación y control del sistema de pronósticos deportivos y
apuestas relacionadas con competencias deportivas. Le corresponde además la
administración de sorteos de números, juegos de azar de resolución inmediata y
combinaciones de ambos.
1.3. Para la comercialización de sus juegos de azar, P. cuenta con una red de
Agentes Oficiales a lo largo del país, compuesta por 1.389 microempresarios,
personas naturales y jurídicas, que administran más de 1.971 puntos de venta a
nivel nacional. Todos ellos son comisionistas a quienes P. entrega en comodato
uno o más terminales o equipos computacionales que permiten la captación y
registro de las apuestas del público.
1.4. Señala también la consultante que los Agentes Oficiales suscriben con P.
un contrato de comisión mercantil, por el que se obligan a vender, por cuenta y
riesgo de P., los juegos de azar que ésta administra. En consecuencia, estos
A. aceptan las normas que fija Polla en el ejercicio de dicho mandato,
conforme a la política comercial que ésta define para todos sus Agentes.
1.5. Seguidamente, expone que L.ía de C., en adelante, L.ía, es
una repartición de la Universidad de Concepción que carece de personalidad
jurídica propia. Esta casa de estudios está legalmente autorizada para mantener,
realizar y administrar un sistema de sorteos de lotería.
1.6. Agrega que, actualmente, P. tiene una participación de mercado cercana al
60%, y L.ía de Concepción cerca de un 40% de los juegos de azar que se
comercializan en Chile.
1.7. Para la comercialización de sus juegos de azar, Lotería también cuenta con
una red de Agentes Oficiales. Destaca que aproximadamente el 90% de los
Agentes Oficiales de P. son Agencias que venden simultáneamente productos
de P. y L.ría, además de otros productos distintos a los juegos de azar que le
permiten rentabilizar su negocio.
1.8. Señala que, por otra parte, los Agentes de Polla son, por lo general, personas
o empresas patrimonialmente independientes de Polla y Lotería. Históricamente,
ambas entidades se habían abstenido de comercializar directamente sus productos
debido a las suspicacias que podría generar el hecho que las mismas empresas

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